Dueño de clínica veterinaria emborracha y abusa de su empleada menor

Guillermo N. indujo a su víctima menor de edad a beber cerveza y abusó de ella en su veterinaria en Morelos; ya fue detenido y es investigado por otros delitos.

Rubi del Razo
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Crédito: FGE Morelos

¡Imperdonable! En Morelos, un hombre de 51 años de edad identificado como Guillermo “N”, dueño de una clínica veterinaria, fue detenido luego de abusar sexualmente de una menor de edad, quien era su empleada y a quien indujo a beber cerveza con él. Los hechos ocurrieron en el municipio de Jojutla, y a decir de los primeros informes, este sujeto también es investigado por el delito de corrupción de personas menores de edad.

Fue mediante una audiencia de control, que la agente del Ministerio Público especializada obtuvo del juez conocedor la legalidad en la detención de Guillermo N., quien fue detenido por elementos de seguridad pública de dicho municipio. Durante la audiencia, se formuló la imputación por la posible comisión de los delitos de abuso sexual y corrupción de personas menores de edad.

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Los hechos

El delito habría sido cometido el pasado 23 de agosto de 2023, cuando Guillermo N. mandó a la víctima de 16 años de edad a comprar cerveza y dos vasos de plástico a una tienda cercana a la clínica veterinaria en la que ambos se encontraban laborando. Al regresar a centro médico animal, el hombre sirvió cerveza para ambos, y la indujo a beber el alcohol. Minutos después, éste comenzó a besarla y a realizarle tocamientos lascivos, pese a que la adolescente opuso resistencia en todo momento.

Tras los hechos, la joven denunció al sujeto por lo que Guillermo “N” fue detenido y puesto a disposición de la unidad de Delitos Contra la Mujer. El hombre quedó en prisión preventiva como medida cautelar, en tanto se define su situación jurídica.

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Sanciones abuso sexual en personas menores en México

De acuerdo con el Código Penal Federal en su Artículo 261, a quien cometa el delito de abuso sexual en contra de una persona menor de quince años de edad o contra una persona “que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa”.

Por otro lado, el Artículo 262 indica que “al que tenga cópula con persona mayor de quince años y menor de dieciocho, obteniendo su consentimiento por medio de engaño, se le aplicará de tres meses a cuatro años de prisión”.

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