El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene la empresa o el patrón para el que labora, por la actividad productiva o los servicios ofrecidos. No obstante, en algunos casos, el SAT podría solicitar la retención de impuestos por este concepto. ¿Quiénes deben pagar al recibir esta prestación? En TV Azteca Puebla te decimos qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) al respecto.
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¿Quiénes deben pagar impuestos ante el SAT por el reparto de utilidades?
De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el SAT, en el artículo 93, fracción XIV, de la Ley del ISR, se establece que las y los trabajadores no pagarán impuestos cuando el reparto de utilidades sea equivalente a 15 días del salario mínimo general, de acuerdo con el año en que se generaron las utilidades, en este caso, el año es 2023.
Es por ello que aquellos trabajadores que sí deberán pagar impuestos ante el SAT son aquellos que reciban más de 15 días de salario mínimo como reparto de utilidades.
Ojo: Este pago será agravado a través del ISR de acuerdo a la fórmula del artículo 74 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
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¿Quiénes deben recibir el pago de utilidades en México 2024?
Todos los empleados que hayan laborado al menos 60 días en una empresa o para un patrón, y cuyas utilidades netas fueron de 300 mil pesos o más de acuerdo a su declaración fiscal en 2023 y que tengan más de un año en funcionamiento, deberán recibir el reparto de utilidades este 2024.
¿Quiénes no recibirán reparto de utilidades este 2024?
De acuerdo con la LFT, aquellos trabajadores que no recibirán el reparto de utilidades son los que se desempeñan en el área doméstica, tales como directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón o empresa.
¿Cuándo se deben pagar las utilidades en México 2024?
La Ley Federal del Trabajo indica que los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa) deberán recibir sus utilidades a más tardar el próximo 30 de mayo de 2024. Por su parte, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo establece que en caso de no realizar el reparto de utilidades como lo establece la ley, el patrón o empresa podría ser multada con hasta 50 a 5 mil salarios mínimos vigentes.
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