IMÁGENES FUERTES: Hallan cuerpo de perro colgado en fraccionamiento de Huejotzingo

Una organización animalista dio a conocer el hallazgo de un perro colgado en una estructura en un fraccionamiento de Huejotzingo, Puebla; presenta denuncia.

Denisse Meza
Noticias
Hallan cuerpo de perro colgado en fraccionamiento de Huejotzingo
Crédito: Patitas Enlodadas

El cuerpo de un perro fue hallado colgado de una estructura en una calle de un fraccionamiento ubicado en Huejotzingo, municipio de Puebla.

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Los hechos fueron denunciados por medio de redes sociales el martes 4 de junio de 2024, luego de que fuera encontrado el cuerpo del can amarrado del cuello a dicha estructura.

¿Cómo fue el hallazgo del perro sin vida en Huejoztingo?

De acuerdo con lo dado a conocer por la organización animalista Patitas Enlodadas, el hallazgo del cuerpo se dio en el fraccionamiento Haras en el municipio de Huejoztingo.

A la zona se trasladaron los integrantes de dicha organización quienes resguardaron el cuerpo del perro para trasladar el cuerpo a Flor del Bosque en Puebla para que se investigue si el animal murió por asfixias a través de una necropsia.

Debido a lo ocurrido pidieron apoyo de los habitantes del fraccionamiento para dar con los responsables del crimen.

En tanto, informaron que han presentado la denuncia correspondiente ante las autoridades para que se investigue y se haga justicia.

¿Cómo se castiga el maltrato animal en Puebla?

El abandono de un animal de compañía, que se encuentre bajo responsabilidad y cuidado de una persona, se sanciona de diez meses a dos años de prisión y con 100 a 250 Unidades de Medida y Actualización, que va de los 10 mil 867 pesos a 27 mil 167 pesos.

En tanto, si los actos de maltrato o crueldad provocan la muerte del animal, se impondrán de cinco a ocho años de prisión y multa de 200 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento en que se cometa el delito. Asimismo, si los actos son cometidos con armas, explosivos y medios violentos, se incrementará la sanción en dos tercios más de las señaladas.

En las reformas al artículo 472 se establece como agravante si, además de realizar los actos de maltrato, crueldad o actos sexuales en contra de cualquier animal, el sujeto activo los capta en imágenes, fotografías o videograbación para hacerlos públicos por cualquier medio.

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